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Vinculan a proceso a líder priísta por presunta violencia contra su hijastra.

Erik Rolando J.M. quien es ampliamente conocido por la clase política local, deberá abtenerse de estar en contacto con la víctima, menor de edad. La FEM y Atenea confirmaron el caso.

En días pasados, Erick Rolando J. M., obtuvo una Suspensión Provisional del Proceso que se sigue en su contra por un caso de violencia familiar, ya que al ser presentado en audiencia y vinculado a proceso por un Juez de Control, su defensa solicitó dicha suspensión, misma que le fue concedida por el Juzgador y para lo cual, le impuso las siguientes condiciones:

Abstenerse de frecuentar el domicilio de la víctima; someterse a un tratamiento psicológico; evitar cualquier acto de molestia y un pago por reparación del daño por la cantidad de 13 mil 622 pesos.

El caso, dado a conocer desde el pasado mes de enero, refiere que el hoy acusado, habría ejercido violencia física y/o psicológica contra una menor de edad, hija de su actual pareja sentimental, con la que no tiene lazos sanguíneos.

El caso se volvió mediático, debido a que el acusado es ampliamente conocido en la comunidad, al ser sobrino de un ex alcalde de Parral, así como haber sido regidor del ayuntamiento y coordinador de campaña en el más reciente proceso electoral.

También, ha desempeñado puestos en la Fundación Colosio y en el Instituto Reyes Héroes, ambas, organizaciones priístas.

Cabe resaltar que el acusado, se desempeña actualmente como director de una Universidad privada, y de quien existen denuncias por el presunto delito de abuso sexual en otras ocasiones, sobre todo en el 2018, donde incluso se dio a conocer detalles de uno de los casos, por parte de familiares de una de las supuestas víctimas.

Hoy, el antes mencionado, negó las acusaciones en su contra a través de su cuenta de Facebook.

Sin embargo, este mismo jueves, la colectiva feminista Atenea, confirmó lo que este mismo medio de información pudo verificar con fuentes internas de Fiscalía:

*Lo anterior no violenta el principio de presunción de inocencia consagrado en el apartado B, fracción I, del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni lo dispuesto en el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

A pesar de que el caso no ha concluido, las medidas precautorias impuestas por el juez, buscan proteger a la víctima de posibles más agresiones y reparar el daño económicamente. Además, el acusado, deberá someterse a terapia psicológica.

Hasta el momento, no existe un posicionamiento por parte del Partido Revolucionario Institucional ni de ninguno de los organismos e instituciones donde el acusado se ha desempeñado.